La sentencia n.º 14953 de 2024 representa un importante avance en la jurisprudencia italiana en relación con los delitos de instigación a prácticas de pedofilia y de pedopornografía. La Corte ha subrayado la necesidad de considerar el requisito del peligro concreto, un aspecto fundamental para la configuración de tales delitos. En este artículo, analizaremos los puntos destacados de la sentencia, aclarando el significado jurídico del peligro concreto y las implicaciones para el uso de las redes sociales.
El delito de instigación a prácticas de pedofilia está regulado por el artículo 414 bis del Código Penal italiano. Se trata de un delito que no solo castiga la conducta de quien incita a actos de este tipo, sino que también requiere evaluar la concreta potencialidad de dicha incitación para generar comportamientos ilícitos. La sentencia en cuestión aclara que para configurar este delito es necesario un juicio 'ex ante', es decir, una evaluación basada en las circunstancias y condiciones previsibles en el momento de la acción.
En el caso específico tratado por la sentencia, el imputado publicó un post en Twitter que incitaba a una agresión sexual contra menores. La Corte destacó la elevada potencialidad de difusión del mensaje, que iba más allá de los 241 seguidores de la cuenta del imputado. Este aspecto es crucial, ya que evidencia cómo las redes sociales pueden amplificar y difundir mensajes peligrosos de forma exponencial. El uso de un lenguaje evocador de la esfera sexual agravó aún más la situación, haciendo el mensaje particularmente insidioso.
Delito de instigación a prácticas de pedofilia y de pedopornografía - Requisito del peligro concreto - Necesidad - Acreditación - Criterios - Supuesto de hecho. El delito de instigación o apología a prácticas de pedofilia y de pedopornografía es un delito de peligro concreto, que requiere la idoneidad efectiva de la conducta para inducir a otros a la comisión de delitos análogos a los instigados o de los que se ha hecho apología, cuya acreditación debe realizarse con juicio 'ex ante', inapelable en sede de legitimidad, teniendo en cuenta la situación que se presentaba al agente en el momento de la comisión de los actos, en base a las condiciones previsibles del caso particular. (Supuesto de hecho relativo a la publicación de un 'post' en la 'red social Twitter' incitando a una agresión sexual en perjuicio de niñas, en el que la Corte apreció la elevadísima potencialidad de difusión del mensaje incluso más allá de los 241 'seguidores' que seguían la 'cuenta', cuya denominación era, además, evocadora de la esfera sexual).
La sentencia n.º 14953 de 2024 pone el acento en un aspecto crucial de la lucha contra la pedofilia y la pedopornografía: la necesidad de una atenta evaluación del peligro concreto en relación con las conductas instigadoras. La interpretación de la Corte ofrece un importante punto de reflexión para juristas y operadores del derecho, especialmente en una época en la que las redes sociales pueden actuar como amplificadores de mensajes peligrosos. Es fundamental que la justicia se adapte a las nuevas realidades sociales, garantizando una protección eficaz para los más vulnerables.