La reciente providencia n.º 10479 del 17 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes reflexiones sobre las obligaciones del mandatario en caso de acción de rendición de cuentas. La sentencia aclara que, en materia de mandato oneroso, el mandatario tiene la carga de demostrar no solo la cuantía y la causa de los desembolsos, sino también de proporcionar todos los elementos útiles para evaluar su actuación. Este aspecto es crucial para comprender las responsabilidades y obligaciones derivadas del contrato de mandato.
Según los artículos 1710-1716 del Código Civil, el mandato es un contrato a través del cual una parte (mandatario) se obliga a realizar uno o más actos jurídicos en favor de otra parte (mandante). La sentencia en cuestión subraya que cuando el mandatario es demandado en un juicio con una acción de rendición de cuentas, debe demostrar de manera exhaustiva la corrección de su gestión. Esto incluye:
Acción de rendición de cuentas contra el mandatario - Carga probatoria a cargo del mismo. En materia de mandato oneroso, el mandatario demandado con acción de rendición de cuentas debe aportar la prueba no solo de la cuantía y la causal de los desembolsos, sino también de todos los elementos de hecho sobre las modalidades de ejecución del encargo útiles para evaluar su actuación, en relación con los fines perseguidos, los resultados alcanzados y los criterios de buena administración y de conducta prescritos por los arts. 1710 - 1716 c.c..
Esta máxima resalta la importancia del deber probatorio del mandatario y aclara que no es suficiente limitarse a justificar los gastos, sino que es necesario proporcionar un panorama completo de su actuación. Este enfoque se alinea con el principio general de la carga de la prueba consagrado en el artículo 2697 del Código Civil, según el cual quien quiera hacer valer un derecho en juicio debe probar los hechos constitutivos de dicho derecho.
La sentencia n.º 10479 de 2024 representa un importante llamado de atención para todos los sujetos involucrados en contratos de mandato. Aclara que un mandatario, para protegerse de posibles impugnaciones, debe ser capaz de proporcionar una documentación detallada y transparente sobre su actividad. Esto no solo protege sus intereses, sino que también asegura una gestión más responsable y profesional, en línea con los principios de buena administración previstos por la normativa. En un contexto cada vez más complejo como el actual, la claridad y la transparencia en las relaciones contractuales se revelan esenciales para evitar conflictos y malentendidos.