La sentencia n. 16760 del 19 de enero de 2023 representa un importante punto de referencia para la comprensión de la disciplina de la denuncia tardía, en particular en relación con los delitos que pasaron a ser perseguibles a instancia de denuncia a raíz del d.lgs. n. 36 de 2018. En esta sede, la Corte de Casación se ha pronunciado sobre la cuestión de la validez de una denuncia presentada fuera del plazo previsto por el art. 124 del código penal, pero antes de la entrada en vigor del nuevo régimen normativo.
El decreto legislativo n. 36 de 2018 introdujo significativas modificaciones en materia de procedibilidad de algunos delitos, haciéndolos perseguibles a instancia de denuncia. Esta reforma generó diversas problemáticas interpretativas, en particular respecto a la transición entre el viejo y el nuevo régimen. La máxima de la sentencia en cuestión reza:
Delitos que pasaron a ser perseguibles a instancia de denuncia por efecto del d.lgs. n. 36 de 2018 - Denuncia tardía presentada antes de la entrada en vigor del decreto - Disciplina transitoria - Aplicabilidad - Razones. En materia de condiciones de procedibilidad, con respecto a los delitos que pasaron a ser perseguibles a instancia de denuncia por efecto del d.lgs. 10 de abril de 2018, n. 36, la disciplina transitoria de que trata el art. 12, apartado 2, del citado d.lgs., que, en caso de procedimiento pendiente, prevé el aviso a la parte lesa para el eventual ejercicio del derecho de denuncia, encuentra aplicación también en relación con la persona ofendida que haya manifestado previamente la voluntad de castigo fuera del plazo de que trata el art. 124 del código penal, dado que la evaluación en orden a la condición de procedibilidad está anclada al momento de la entrada en vigor del nuevo régimen normativo, sin que tengan relevancia eventuales irregularidades de la denuncia relativas a un momento procedimental anterior, en el que la misma no era requerida a efectos de la procedibilidad.
En esencia, la Corte ha aclarado que, aunque una denuncia haya sido presentada tardíamente, puede considerarse válida si el procedimiento está aún pendiente y se ha manifestado la voluntad de castigo.
Esta decisión tiene importantes consecuencias para la práctica legal. Las condiciones de procedibilidad, en este contexto, se refieren a:
La sentencia se basa en precedentes jurisprudenciales, confirmando una línea interpretativa que tiende a garantizar el derecho de acceso a la justicia por parte de las víctimas de delitos. Es fundamental que los profesionales del sector legal conozcan estas dinámicas para poder asesorar adecuadamente a sus clientes.
En conclusión, la sentencia n. 16760 de 2023 ofrece una importante clarificación sobre la cuestión de la denuncia tardía y su validez en el nuevo contexto normativo. La Corte de Casación ha demostrado una particular atención hacia la parte lesa, garantizando que las irregularidades procedimentales no precluyan el ejercicio del derecho de denuncia. Los operadores del derecho deben tener presentes estos desarrollos para una correcta gestión de los casos de denuncia, asegurando así una tutela adecuada a sus asistidos.