La sentencia n.º 10278 del 16 de abril de 2024 representa un importante punto de referencia en materia de adopción de menores, prestando especial atención al interés del menor y al mantenimiento de las relaciones afectivas con la familia de origen. El principio fundamental de esta decisión es que la conservación de dichos vínculos debe ir acompañada de una adecuada información y preparación del núcleo familiar adoptante.
La Corte, presidida por M. A., ha reiterado que las decisiones en materia de adopción deben orientarse siempre hacia el interés del menor. La sentencia aclara que, en el momento en que el juez decide mantener las relaciones afectivas con algunos miembros de la familia de origen, esta decisión debe justificarse a través de un proceso de preparación e información para los padres adoptantes.
En general. En materia de adopción de menores de edad, la decisión del juez de permitir, cuando sea conforme al interés del menor, el mantenimiento de las relaciones afectivas con algunos de los componentes de la familia de origen debe ir acompañada de una adecuada información y preparación del núcleo familiar adoptante, para que comprenda la razón de la elección de no cortar las relaciones y la necesidad de una adaptación psicológica y práctica a la diferente modulación de la filiación adoptiva, aunque sea plena y legitimante.
Esta máxima resalta la centralidad del interés del menor, poniendo énfasis en la necesidad de un enfoque consciente e informado por parte de los nuevos padres. De hecho, no es suficiente que la adopción se considere una mera formalidad; requiere una profunda adaptación tanto desde el punto de vista psicológico como práctico. Los padres adoptantes deben estar preparados para comprender que la presencia de la familia de origen no debe entenderse como un obstáculo, sino como un elemento que enriquece la vida del menor.
La sentencia n.º 10278 de 2024 ofrece importantes reflexiones para todos los profesionales que operan en el campo del derecho de familia. La decisión de la Corte de Casación subraya cómo el mantenimiento de los vínculos afectivos con la familia de origen no debe verse como un impedimento, sino más bien como una oportunidad de crecimiento y enriquecimiento para el menor. La preparación de los padres adoptantes se convierte, por tanto, en un elemento crucial para garantizar un futuro sereno y equilibrado al niño, dentro de una nueva realidad familiar.