La sentencia n.º 8873 del 4 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante aclaración en relación con las compensaciones que corresponden a los Presidentes de sección de las Comisiones tributarias. En particular, se reitera que no es posible reconocer compensaciones adicionales a quienes desempeñan el cargo de Presidente de sección en sustitución del Presidente de Comisión. Esta decisión, además de plantear interrogantes sobre la justicia y la equidad de las compensaciones públicas, se enmarca en un contexto normativo articulado y complejo.
La Corte se pronunció sobre la cuestión basándose en los artículos 2 y 13 del d.lgs. n.º 545 de 1992 y el art. 39 del d.l. n.º 98 de 2011. Dichas disposiciones normativas delinean el marco de referencia para la determinación de las compensaciones por los cargos públicos en las Comisiones tributarias. El objetivo es garantizar que las compensaciones sean equitativas y proporcionales a las funciones efectivamente desempeñadas.
Comisiones tributarias - Presidente de sección en sustitución del presidente de comisión - Compensación adicional - Procedencia - Exclusión. En materia de compensaciones por el desempeño de cargos públicos, al Presidente de sección de la Comisión tributaria que sustituya al Presidente de Comisión, en el régimen previsto por los arts. 2 y 13 del d.lgs. n.º 545 de 1992 y 39 del d.l. n.º 98 de 2011, no puede reconocerse ninguna compensación, fija o variable, adicional a las que este perciba en relación con las funciones de Presidente de sección desempeñadas, aun cuando haya sido designado como regente de la Comisión mediante resolución del Consejo de Presidencia de la justicia tributaria.
Esta máxima evidencia claramente que, incluso en situaciones de suplencia, la compensación por el cargo no debe aumentar. La Corte ha subrayado la importancia de mantener una cierta coherencia en las compensaciones públicas, evitando que la suplencia de un Presidente de Comisión pueda traducirse en una ventaja económica indebida.
La decisión de la Corte puede tener diversas implicaciones prácticas, entre ellas:
En un período en el que las cuestiones relativas a las compensaciones públicas están bajo escrutinio, esta sentencia representa un importante paso hacia una mayor equidad y respeto de las normativas vigentes.
En conclusión, la sentencia n.º 8873 de 2024 ofrece una importante reflexión sobre las dinámicas de las compensaciones públicas en la justicia tributaria. El enfoque de la Corte, que tiende a limitar las compensaciones adicionales, se alinea con los principios de transparencia y equidad. Es fundamental que los funcionarios públicos tengan claros sus derechos y deberes, y esta sentencia contribuye a aclarar tales aspectos.