Avv. Marco Bianucci
Avv. Marco Bianucci

Abogado Penalista

La defensa en delitos de abuso de mercado y uso de información privilegiada

Enfrentar una investigación por uso de información privilegiada o abuso de información privilegiada representa uno de los desafíos más complejos en el panorama del derecho penal económico. Estas acusaciones, a menudo derivadas de informes de la CONSOB o de investigaciones de la Guardia di Finanza, afectan la reputación profesional y conllevan riesgos sancionadores severos, tanto en el ámbito penal como en el administrativo. Como abogado penalista en Milán, el Abog. Marco Bianucci comprende la delicadeza de estas situaciones, donde la línea entre una estrategia de inversión legítima y una conducta ilícita puede parecer sutil a los ojos de los investigadores, pero es determinante en sede judicial.

El delito de abuso de información privilegiada, regulado por el artículo 184 del Texto Único de Finanzas (TUF), castiga a quien, poseyendo información precisa y no pública debido a su función o profesión, realiza operaciones financieras aprovechando dicha ventaja. La normativa tiene como objetivo proteger la transparencia de los mercados, pero la complejidad de las operaciones financieras modernas requiere una defensa técnica extremadamente cualificada para demostrar la licitud del proceder del investigado.

El marco normativo: entre sanciones penales y administrativas

La legislación italiana en materia de abusos de mercado es particularmente rigurosa y prevé un doble nivel sancionador. Por un lado, el procedimiento penal busca determinar la responsabilidad personal por el delito, con penas que pueden incluir la reclusión y multas cuantiosas. Por otro lado, el procedimiento administrativo iniciado por la CONSOB puede acarrear sanciones pecuniarias elevadas y la inhabilitación temporal para el ejercicio de funciones de administración, dirección y control en sociedades cotizadas. Es fundamental comprender que la información, para ser considerada privilegiada (o sensible al precio), debe tener un carácter preciso y, si se hiciera pública, ser idónea para influir sensiblemente en el precio de los instrumentos financieros.

La defensa en este ámbito no puede limitarse al mero conocimiento del código penal, sino que debe integrar una profunda competencia en las dinámicas de los mercados financieros. A menudo, de hecho, la imputación se basa en presunciones o en una lectura a posteriori de los movimientos bursátiles que no tiene en cuenta las reales motivaciones estratégicas del inversor o del directivo.

El enfoque del Estudio Legal Bianucci a los delitos financieros

El Abog. Marco Bianucci, abogado experto en derecho penal económico en Milán, aborda los casos de uso de información privilegiada con un enfoque analítico y multidisciplinar. La estrategia defensiva se construye a partir de un análisis meticuloso de la documentación financiera y de las comunicaciones empresariales, a menudo recurriendo a peritos de parte para refutar las tesis de la acusación sobre el impacto de la información en el mercado.

En concreto, la actividad del estudio se centra en la verificación de la naturaleza de la información imputada: ¿era realmente precisa? ¿Era realmente no pública en el momento de la operación? Además, se presta gran atención al elemento subjetivo del delito, es decir, a la demostración de la ausencia de dolo o de la intención especulativa ilícita. Gracias a su experiencia práctica, el Abog. Bianucci asiste a sus clientes tanto en la fase de las investigaciones preliminares y las audiencias en la CONSOB, como en el posterior y eventual juicio penal, garantizando una tutela completa de los derechos del investigado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es exactamente el uso de información privilegiada?

El uso de información privilegiada, o abuso de información privilegiada, es el delito cometido por quien adquiere, vende o realiza otras operaciones sobre instrumentos financieros aprovechándose de información precisa que aún no ha sido hecha pública y que, de serlo, influiría sensiblemente en el precio de tales instrumentos.

¿Cuáles son las penas previstas para este delito?

El artículo 184 del TUF prevé la reclusión de uno a seis años y una multa de veinte mil a tres millones de euros. A estas sanciones penales se suman a menudo sanciones administrativas pecuniarias muy elevadas y sanciones accesorias como la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos o de cargos directivos en personas jurídicas.

¿Qué se entiende por información privilegiada?

Una información se define privilegiada cuando tiene un carácter preciso, no ha sido hecha pública, se refiere directa o indirectamente a emisores de instrumentos financieros y, si se hiciera pública, podría influir sensiblemente en los precios de tales instrumentos. La evaluación de la naturaleza