La Corte di Cassazione, con la sentencia n. 15801/2025, aclara los límites del control del juez sobre el acuerdo ex art. 599-bis c.p.p.: el examen se detiene en la congruencia de la pena acordada, ignorando posibles errores de cálculo intermedios. Implicaciones prácticas para la defensa y la fiscalía.