La sentencia n.º 22993 del 21 de agosto de 2024 del Tribunal de Casación aborda una cuestión crucial relativa a la indemnización por desempleo proporcionada por el Seguro Social para el Empleo (ASpI). En particular, el Tribunal se pronunció sobre la compatibilidad entre el estado de detención de un individuo y la posibilidad de recibir la indemnización por desempleo, aclarando los requisitos necesarios para acceder a dicha prestación.
Según el art. 2, apartado 1, del d.lgs. n.º 181 de 2000, la declaración de inmediata disponibilidad para la actividad laboral es fundamental para ser considerado desempleado y poder acceder así al ASpI. El Tribunal destacó que esta declaración no es incompatible con el hecho de estar detenido, contrariamente a lo sostenido por algunas sentencias de mérito anteriores.
INDEMNIZACIÓN - EN GENERAL Indemnización por desempleo proporcionada por el Seguro Social para el Empleo (ASpI) - Declaración de inmediata disponibilidad para la actividad laboral - Necesidad - Estado de detención - Compatibilidad - Consecuencias en cuanto a la fecha de inicio de la prestación - Supuesto de hecho. La declaración de inmediata disponibilidad para la actividad laboral, prevista en el art. 2, apartado 1, del d.lgs. n.º 181 de 2000, representa un elemento constitutivo del estado de desempleo relevante a efectos de la obtención de la indemnización proporcionada por el Seguro Social para el Empleo (ASpI) y no es incompatible con el estado de detención, por lo que la erogación de la prestación se inicia desde su presentación. (En el supuesto de hecho, la S.C. casó la sentencia de mérito que había reconocido el derecho del apelante a obtener el tratamiento de desempleo ASpI a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud administrativa, en lugar de la fecha de emisión de la declaración).
La decisión del Tribunal de Casación ofrece importantes aclaraciones sobre las modalidades de acceso al ASpI para las personas en estado de detención. Esto significa que:
Estas puntualizaciones pueden tener un impacto significativo en la vida de muchos individuos que, a pesar de encontrarse en situación de detención, podrían tener derecho a una forma de apoyo económico.
En conclusión, la sentencia n.º 22993 del 21 de agosto de 2024 representa un paso adelante en la protección de los derechos de los trabajadores y los desempleados, aclarando que el derecho a la indemnización por desempleo no debe verse comprometido por circunstancias personales como la detención. Es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre estas disposiciones para poder ejercer sus derechos de manera consciente y oportuna.