La sentencia n.º 38464 del 23 de junio de 2023, depositada el 21 de septiembre del mismo año, ofrece reflexiones relevantes para la comprensión de la definición de "trabajador" en el contexto de la normativa italiana sobre seguridad en el trabajo. Con un enfoque particular en el decreto legislativo n.º 81 de 2008, la Corte ha establecido claramente que la noción de trabajador se extiende más allá de los límites tradicionales, para incluir también a aquellos que, aunque no estén formalmente contratados, desempeñan tareas típicas de la empresa.
Según la sentencia, la definición de "trabajador" de la que trata el art. 2, apartado 1, letra a), del d.lgs. 9 de abril de 2008, n.º 81, requiere el desempeño de la actividad laboral en el ámbito de la organización del empleador, independientemente del tipo de contrato. Esto implica un reconocimiento más amplio que el previsto por normativas anteriores.
Relación laboral - Noción - Consecuencias - Supuesto de hecho. La definición de "trabajador" de la que trata el art. 2, apartado 1, letra a), del d.lgs. 9 de abril de 2008, n.º 81, requiere el desempeño de la actividad laboral en el ámbito de la organización del empleador, independientemente del tipo de contrato, y es más amplia que la prevista por el art. 3 del d.P.R. 27 de abril de 1955, n.º 547, que se refería, en cambio, al "trabajador subordinado" y a la "persona que presta su trabajo a las órdenes de un empleador" (art. 2, apartado 1, letra a), del d.lgs. 19 de septiembre de 1994, n.º 626), de modo que, a efectos de la aplicación de las normas penales previstas en el citado d.lgs. n.º 81 de 2008, es relevante el desempeño objetivo de tareas típicas de la empresa, incluso eventualmente a título de favor, en el lugar designado y a petición del empresario. (Supuesto de hecho relativo a un accidente laboral causado por el imprudente arranque del motor de un vehículo por parte de un trabajador que, aunque no figuraba formalmente contratado, estaba adscrito de forma estable y habitual al desempeño de tareas típicas de la empresa).
La sentencia en cuestión tiene una relevancia particular en el contexto de la responsabilidad por accidentes laborales. De hecho, el caso analizado se refería a un accidente provocado por el imprudente arranque del motor de un vehículo por parte de un trabajador que, aunque no estaba formalmente contratado, desempeñaba tareas de forma estable dentro de la organización. Esto lleva a una reflexión necesaria sobre las responsabilidades del empleador y la importancia de garantizar un entorno de trabajo seguro para todos, incluso para quienes no tienen un contrato oficial.
La sentencia n.º 38464 de 2023 representa un paso significativo hacia una interpretación más inclusiva y protectora de la figura del trabajador, ampliando las responsabilidades del empleador en materia de seguridad laboral. Es esencial que las empresas tomen nota de estas implicaciones y adopten medidas preventivas adecuadas para garantizar la seguridad de todos aquellos que operan dentro de su organización, independientemente de la forma contractual.