El Auto n. 23329 del 29 de agosto de 2024, emitido por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre la legitimidad de las providencias de cobro y la obligación de las entidades recaudadoras en caso de anulación de actos impositivos. Este pronunciamiento se inserta en un contexto normativo y jurisprudencial complejo, proporcionando aclaraciones esenciales para contribuyentes y profesionales del sector legal.
La cuestión central abordada por el auto se refiere a la legitimidad de las providencias de cobro y la inscripción en roles extraordinarios, las cuales deben conformarse al acto impositivo subyacente. La sentencia establece claramente que cuando un juez tributario anula un acto, incluso si no es definitivo, la entidad recaudadora está obligada a seguir esta determinación judicial.
En general. La legitimidad de la providencia de cobro y la inscripción en roles extraordinarios derivan de la del acto impositivo subyacente, por lo que, cuando interviene una sentencia del juez tributario, incluso no firme, que anula en todo o en parte dicho acto, la entidad recaudadora tiene la obligación de actuar en conformidad con la relativa determinación judicial, adoptando los consiguientes provvedimientos de alivio, o eventualmente de reembolso del exceso pagado.
La máxima invocada por el auto es de fundamental importancia. Establece un principio claro: la legitimidad de la providencia de cobro está directamente conectada a la validez del acto impositivo que la sustenta. Si el acto es anulado, incluso parcialmente, la entidad recaudadora no puede ignorar tal decisión y debe activarse para garantizar que el contribuyente no sufra injustamente las consecuencias de un acto ya declarado ilegítimo.
Se trata de un reconocimiento de los derechos del contribuyente y un fortalecimiento de la tutela jurídica en el ámbito fiscal. La Corte, por lo tanto, no solo confirma el principio de legalidad, sino que también subraya la importancia de una gestión responsable y conforme por parte de las entidades recaudadoras.
El Auto n. 23329 de 2024 representa un paso adelante en la tutela de los derechos de los contribuyentes. Aclara los deberes de las entidades recaudadoras en relación con los actos impositivos anulados, evitando que los ciudadanos deban afrontar el peso de errores administrativos. Conocer y comprender estos principios es fundamental para quien opera en el campo del derecho tributario, tanto para defender los derechos de los contribuyentes como para garantizar una correcta aplicación de las normas por parte de las administraciones fiscales.